Más allá de lo que sucedió la semana pasada en San Roque cuando un pit bull atacó a un niño y sus padres, las incidencias que protagonizan animales de este tipo no son, ni mucho menos, un hecho aislado. Basta poner sobre la mesa varios datos para entender que los perros peligrosos están de moda en la ciudad. En lo que va de año, la Policía Local ha cursado 43 denuncias relacionadas con este asunto. Un número de multas que deja muy atrás las 17 en todo el 2010 o las 8 en el 2009.
El espectacular aumento no hay que buscarlo en que los agentes tengan este año un especial celo con los perros de presa, simplemente se dispara las denuncias porque también ha aumentado el número de perros de razas peligrosas en la ciudad.
La lógica explicación la aporta Juan José Venero, superintendente de la Policía Local. Venero cree que en los últimos meses se ha desatado una especie de fiebre por estos animales y eso termina repercutiendo en las estadísticas policiales. Lo compara con lo que sucedido en su día con los quads, cuando estos coches empezaron a tener éxito y aumentaron sus ventas, se incrementaron también los accidentes. Aunque en la estadística policial que habla del casi medio centenar de denuncias relativa a los canes peligrosos no se especifica las infracciones.
Venero recuerda que las más repetidas tienen que ver con no llevar el animal con la correa o no contar con la licencia municipal que se exige a determinadas razas para andar por la ciudad.
Tampoco se debe olvidar el efecto llamada que suelen tener los sucesos que protagonizan estos animales, cada vez que se conoce algún ataque aumentan las llamadas a la comisaría de la Policía Local alertando que un animal peligroso anda suelto cerca. El último ejemplo se vio la semana pasada, al día siguiente de que se conociera la noticia del ataque en San Roque, en la centralita de los municipales recibieron tres llamadas en poco más de una hora, entre las ocho y las nueve y cuarto de la tarde.
El responsable de la Policía Local tampoco esconde que, algunas veces, los dueños de estos animales suelen ser personas relacionadas con el menudeo y el trapicheo de drogas. Sin querer generalizar, Venero recuerda que precisamente muchos de los responsables denunciados responden al perfil de joven pandillero que utiliza el animal para hacer ostentación de poder ante los demás. «Como no pueden enseñar una pistola, llevan el pit bull al lado».
Venero descarta que se utilicen para peleas organizadas, una práctica prohibida y castigada, porque en Badajoz no hay constancia de denuncias o investigaciones que barajen esta opción, al menos de momento.
Aunque el aumento de sanciones sirve de referencia para entender un aumento de animales de estas razas en la ciudad, resulta muy complicado estimar el número concreto de ejemplares censados en Badajoz. En teoría, todos deben inscribirse en un registro municipal tras conseguir la pertinente licencia que expide el Ayuntamiento tras comprobar que el dueño tiene un seguro de responsabilidad civil.
En el registro municipal de la ciudad se contabilizan más de 80, una cifra que puede valer para más para tener una idea de criadores responsables que para hablar de razas peligrosas. Varias protectoras de animales que trabajan en la ciudad ya han reiterado que esta cifra tan solo puede representar el 25% del total. Es decir, que si tomamos esta aproximación como válida, en la ciudad podría haber ahora más de 300 canes de razas consideradas peligrosas.
Desde las protectoras explican igualmente que los verdaderamente peligrosos son los humanos responsables de los perros porque los entrenan para intimidar a otros animales. Las organizaciones que trabajan en este ámbito suelen recibir quejas de personas que han visto a chavales jóvenes con perros de presa persiguiendo gatos o a otros perros abandonados por las calles. En muchos casos, temen poner denuncias ante los agentes de la Policía Local por miedo a represalias.
Desde las asociaciones que trabajan en la protección de los animales recuerdan también que, en realidad, no hay ninguna raza más peligrosa que otra, y que el verdadero riesgo lo entrañan criadores que tienen los animales para practicas casi delictivas y que en ningún caso van a ir a inscribirse al registro municipal y conseguir la respectiva licencia municipal, mientras que los dueños responsables que tienen una afición sana por los animales no tienen reparo en cumplir con la ordenanza, sacarlos con correa y bozal y cumplimentar el seguro de responsabilidad civil que se exige.
Fuente: HOY.es
PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS (LEGISLACIÓN)
Real Decreto 1570/2007 del 30 de noviembre, por el que se modifica el real decreto de 287/2002 del 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999 del 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
Objeto de esta ley:
- Determinar aquellos perros que por raza o características puedan ser “potencialmente peligrosos”
- Establecer las licencias necesarias para tener estos perros
- Fijar unas medidas de seguridad mínimas exigibles para su tenencia.
Animales potencialmente peligrosos:
1) Se considerarán perros potencialmente peligrosos los animales que pertenezcan a una de estas razas o sean producto de cruces de alguna de ellas:
- - Akita Inu
- - American Staffordshire terrier
- - Dogo argentino
- - Fila brasileiro
- - Pitbull terrier
- - Rottweiler
- - Staffordshire bull terrier
- - Tosa Inu
2) También se consideran perros potencialmente peligrosos aquellos que se correspondan con todas o la mayoría de estas características:
a. Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
b. Marcado carácter y gran valor.
c. Pelo corto.
d. Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20kg.
e. Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
f. Cuello ancho, musculoso y corto.
g. Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
h. Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
3) En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, serán considerados perros potencialmente peligrosos aquellos animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
La potencial peligrosidad de cada perro será apreciada por la autoridad competente atendiendo a criterios objetivos, bien de oficio o bien tras haber sido objeto de una notificación o una denuncia, previo informe de un veterinario.
Requisitos para la licencia de tenencia de perros potencialmente peligrosos:
Para obtener la licencia para la tenencia de uno de estos perros se requiere:
1. Ser mayor de edad.
2. No haber sido condenado por delitos agresión, asociación con banda armada o de narcotráfico y no estar privado del derecho de tenencia de este tipo de animales.
3. No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves conforme a ley de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
4. Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Estos certificados se expedirán en un centro en el que se realicen tests psicotécnicos y tendrán un plazo de validez de un año.
4.a: Certificado de aptitud física: No podrán ser titulares de animales potencialmente peligrosos las personas que carezcan de las condiciones físicas precisas para proporcionar los cuidados necesarios al animal y garantizar su adecuado manejo, mantenimiento y dominio.
4.b: Certificado de aptitud psicológica: se expedirá una vez superadas las pruebas necesarias para comprobar que no existe enfermedad o deficiencia que limiten el pleno ejercicio de las facultades mentales precisas para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
5. Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000 €).
La licencia tendrá un período de validez de cinco años, pudiendo ser renovada por periodos sucesivos de igual duración. No obstante, la licencia perderá su vigencia en el momento en que su titular deje de cumplir cualquiera de los requisitos establecidos en el apartado anterior.
Una vez obtenidos todos estos permisos el Ayuntamiento nos concederá la LICENCIA PARA TENER PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Deberemos inscribir los perros potencialmente peligrosos en un registro creado a tal efecto "El registro municipal de perros potencialmente peligrosos", que nos dará una certificación acreditativa de que está inscrito en el mismo. Para inscribirlo debe llevar microchip de identificación, y un certificado veterinario demostrando que está en perfecto estado de salud, debiendo anualmente renovar este certificado (puede hacerse en la consulta).
Medidas de seguridad:
La persona que los conduzca y controle debe llevar la licencia y el certificado de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.
1) Los perros potencialmente peligrosos en lugares y espacios públicos deberán llevar obligatoriamente un bozal apropiado y ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona.
2) Aquellos que se encuentran en una finca, chalet, patio o cualquier otro lugar delimitado, deberán estar atados, a no ser que se disponga de un habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a las personas o animales que accedan o se acerquen a estos lugares. Los criadores, adiestradores y comerciantes de animales potencialmente peligrosos habrán de disponer de instalaciones y medios adecuados para su tenencia.
3) La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular al responsable del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde que tenga conocimiento de esos hechos.
4) Todos los animales potencialmente peligrosos pertenecientes a la especie canina deberán estar identificados mediante un microchip.
5) Existe un plazo de un mes desde que se adquiere el perro hasta que se tenga la licencia.
6) Deberemos llevar en lugares públicos la copia de la licencia administrativa y de la inscripción en el registro de perros potencialmente peligrosos.
7) Los animales potencialmente peligrosos que se encuentren en parcelas, chalets, terrazas, patios o similares deberán estar atados a no ser que se posean las pertinentes medidas de seguridad en cuanto a altura, cerramiento y superficie para proteger a las personas, o animales que se acerquen.
8) Los criadores de estos animales deberán en todo momento disponer de las condiciones necesarias de seguridad para mantener estos animales.
6) Deberemos llevar en lugares públicos la copia de la licencia administrativa y de la inscripción en el registro de perros potencialmente peligrosos.
7) Los animales potencialmente peligrosos que se encuentren en parcelas, chalets, terrazas, patios o similares deberán estar atados a no ser que se posean las pertinentes medidas de seguridad en cuanto a altura, cerramiento y superficie para proteger a las personas, o animales que se acerquen.
8) Los criadores de estos animales deberán en todo momento disponer de las condiciones necesarias de seguridad para mantener estos animales.
En la Comunidad de Madrid se requiere, para la inscripción en el registro de perros potencialmente peligrosos, un certificado veterinario que acredite un buen estado de salud general del perro, que este está al día en sus vacunaciones y desparasitacionesobligatorias y que no presenta trastornos mentales visibles.
El incumplimiento de estos requisitos está penado con multas de entre 150 a 15.000 euros, la suspensión de la licencia temporal o definitivamente y la incautación y la esterilización o sacrificio del animal.
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